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Obtención del número de referencia para IRPF

Obtención del número de referencia Año 2016 Campaña de Renta 2015
Este número permite, desde el primer día de la campaña de Renta, gestionar los Servicios de Renta. Para aceptar el borrador de la renta IRPF, obtener los datos fiscales, y otros trámites con Hacienda.

número de referencia irpfMediante este servicio la Agencia Tributaria remite un mensaje SMS al número de teléfono móvil facilitado por el contribuyente, indicándole el número de referencia de Renta.

Puede obtener su número de referencia de Renta a través de internet mediante:

  • La casilla 490 Renta 2014 
  • Certificado electrónico
  • Cl@ve PIN

Debe introducir el importe que aparezca en la casilla 490, su NIF/NIE y el número de móvil al que desee recibir por SMS el número de referencia.

También podrán solicitar el número de referencia telefónicamente (901121224) las 24 horas del día.

Si no conoce el valor de la casilla 490 puede registrarse en Cl@ve, sistema de autenticación que además de obtener el Número de Referencia de Renta, le permitirá acceder a todos los trámites de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria e incluso de otras administraciones públicas.

La casilla de la Renta de 2014 que se ha tomado como referencia por la Agencia Tributaria en este año corresponde a la 490 (que contiene la base liquidable general sometida a gravamen).

Este año, el número de referencia será personal, no estando vinculado a ningún expediente, por lo que se podrán solicitar varios números de referencia, siendo válido únicamente el obtenido en último lugar.


Todos los trámites relacionados con el IRPF se deben realizar desde la web oficial de la Agencia Tributaria desde el apartado RENTA 2015.
http://www.agenciatributaria.es/

Solicitud Borrador Declaración Renta Datos Fiscales

Solicitud Borrador Declaración Renta Datos Fiscales
El plazo para solicitar el borrador:

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- Desde el lunes 5 de abril y hasta el 23 de junio del 2010. Los contribuyentes tienen hasta el 23 de junio para confirmar los borradores de declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

- Desde el 5 de abril hasta el 14 de abril de 2010, sólo para modificar borradores.
* Por Internet (Portal: http://www.agenciatributaria.es ; Sede electrónica: https://www.agenciatributaria.gob.es)
* Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).

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Hacienda enviará por correo el borrador automáticamente, si el contribuyente marcó la casilla 86 en la declaración del ejercicio anterior.

La solicitud del borrador se puede tramitar a través de Internet, por teléfono o en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

Desde hoy, 2 de marzo lunes, hasta el 23 de junio de 2009, martes se pueden solicitar el Borrador de Declaración de Renta a presentar en el año 2009 y los Datos Fiscales por las siguientes vías:

- Internet Agencia Tributaria
- Teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
- Teléfono en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA (lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
Nota: Solicitan el número de DNI y el importe de la casilla 698 de la declaración de la renta del año pasado.

- Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

PLAZO PARA PRESENTAR, MODIFICAR O CONFIRMAR EL BORRADOR
- Desde el 1 de ABRIL, miércoles al 30 de JUNIO de 2009, martes.
* Atención: Hasta el martes 23 de junio de 2009 si domicilia el pago (cargo en cuenta: 30 de junio)

Para solicitarlo el borrador de declaración o los datos fiscales hay que facilitar:
- NIF / NIE del contribuyente/s.
- Casilla Casilla 698 de la declaración de la renta del 2007 que se presentó en el 2008.

Hay que reunir una serie de requisitos para solicitar el borrador de declaración. Si el contribuyente no reúne el perfil previsto para recibir el borrador, se remitirán al solicitante sus Datos Fiscales, para cumplimentar la declaración.

Los contribuyentes obligados a presentar declaración de Renta podrán solicitar que la Agencia Tributaria les remita un borrador de declaración cuando sus rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.
- Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

No precisan efectuar la solicitud de borrador de declaración los contribuyentes que ya hubieran solicitado el borrador en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el año 2007, ni los contribuyentes que confirmaron el borrador del 2007.

Una vez recibido el borrador, debe revisar si sus datos personales y económicos están completos y correctos. Si el borrador está incompleto o no está de acuerdo con algún dato, puede proceder, antes de confirmarlo, a su modificación por Internet o por teléfono. El servicio se completa con la posibilidad de solicitar cita previa a la Agencia Tributaria, para recibir ayuda para la rectificación del borrador.

También puede ocurrir que el solicitante que solicita el borrador, se encuentre en una de las siguientes situaciones:
1. No está obligado a declarar, solicita el borrador y resulta una cantidad a ingresar. Recibirá un documento que no le permitirá efectuar ese ingreso, para no inducirle a hacer algo en contra de sus intereses ( “borrador de declaración no confirmable” )
2. La Agencia Tributaria tiene constancia de que el borrador necesariamente ha de ser modificado, por lo que no se permite su confirmación hasta que la modificación ha sido efectuada ( “borrador de declaración pendiente de modificar” ) .

No podrán suscribir ni confirmar el borrador de declaración, los siguientes contribuyentes:
- Los que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad, en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España.
- Los que tengan partidas negativas pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores.
- Los que pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
- Los que tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.

PUEDE HABER DATOS QUE DEBAN SER ACTUALIZADOS, O INFORMACIÓN DE TERCERAS PERSONAS INCOMPLETA O ERRÓNEA.

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El plazo de presentación de la Declaración de la Renta (IRPF) empieza el 2 de mayo y finaliza el 30 de junio del 2008.




Información Tributaria:
901 33 55 33

Campaña de Renta: Lunes a viernes de 9 a 21 horas



Centro de Atención Telefónica:
901 200 345

Horario:
Lunes a viernes de 9 a 21 horas de marzo a junio

Servicios disponibles:

-Información y tramitación del Borrador de Declaración. NOTA: para solicitar el borrador nos piden el NIF y el importe de la casilla 681 de la declaración del IRPF del 2006.
-Información y solicitud de pago anticipado de la deducción para madres trabajadoras.
-Información y solicitud de pago de 2500 € por nacimiento u adopción.
-Comunicación del cambio de domicilio fiscal (excepto obligados 036/037).


Servicio automático:
Información sobre declaración de Renta, IVA y Sociedades

901 12 12 24

Horario de atención: 24 horas al día de forma ininterrumpida, los 365 días del año

Servicios disponibles:

-Petición de etiquetas identificativas para el envío al domicilio del contribuyente. Datos a aportar: caracteres numéricos del CIF, NIF o NIE.
-Información del estado de las devoluciones del Impuesto de Sociedades, IVA e IRPF. Datos a aportar:caracteres numéricos del CIF, NIF o NIE y el importe sin decimales solicitado a devolver.
-Solicitud de datos fiscales y del borrador de declaración de Renta. Datos a aportar: caracteres numéricos del NIF o NIE y la casilla que se determine de la Renta del ejercicio anterior al del año de solicitud. Servicio disponible para Campaña de Renta.
-Confirmación del borrador de declaración de Renta. Datos a aportar: caracteres numéricos del NIF o NIE y el número de justificante del documento de ingreso o devolución. Servicio disponible para Campaña de Renta.
-Concierto de Cita Previa para rectificar el borrador o confeccionar la declaración de Renta. Servicio disponible para Campaña de Renta.
-Solicitud de certificado de Renta. Datos a aportar: caracteres numéricos del NIF o NIE y la casilla que se determine de la Renta del ejercicio anterior al del año de solicitud. Se emitirá el último certificado disponible.